
La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) es una Ley Orgánica española que tiene por objeto garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad y privacidad personal y familiar, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales.
De acuerdo con la normativa vigente cualquier empresa, profesional liberal, organización sin ánimo de lucro o administración pública que en el desarrollo de su actividad trate datos de carácter personal deberá cumplir con las exigencias de la LOPD y de su reglamento de desarrollo, contenido en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre.
En la medida en que disponga de datos de carácter personal de sus clientes, proveedores, empleados, colaboradores o de cualquier otra persona, cualquier empresa, profesional liberal, organización sin ánimo de lucro o administración pública deberá adoptar obligatoriamente una serie de medidas y procedimientos para cumplir con lo dispuesto en la LOPD y su reglamento de desarrollo.
Una completa adaptación a la Ley y a la normativa que la desarrolla requiere adoptar una serie de medidas y protocolos de actuación en la empresa que aseguren que el tratamiento de datos personales que lleve a cabo se adecúe a la legalidad vigente. Para ello será necesario, en primer lugar, efectuar un análisis previo del tipo de datos que se gestionan en la empresa y de cuáles son los mejores procedimientos para asegurar el cumplimiento de la normativa; y en segundo lugar, elaborar un cuerpo de documentos y adoptar unas medidas y protocolos de actuación a seguir en el desarrollo normal del trabajo.
La Agencia Española de Protección de Datos es un ente autónomo de Derecho Público con plena capacidad pública y privada que, con independencia de las Administraciones Públicas, tiene entre sus funciones velar por el cumplimiento y aplicación de la legislación de protección de datos y ejercer la potestad sancionadora en los términos previstos en la Ley.
El incumplimiento de la Ley de protección de datos puede dar lugar, tras una inspección de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a la imposición de sanciones de hasta 600.000 euros.